F03.05.02 – Generación de Facturas y Facturas Rectificativas

(Última modificación 5-nov-2025)

El procedimiento de facturación no variará respecto al actualmente desarrollado en iColegia, será transparente al desarrollo actual.

ALTA DEL REGISTRO DE FACTURACIÓN

La forma en que comunicaremos la facturación será inmediata con la generación de cada factura, debido a que los tiempos de respuesta de los servidores de AEAT, son inapreciables hasta la fecha.

Cada factura generada comunicará esta a los servidores de la AEAT. Si todo se ha efectuado correctamente, no recibiremos ningún tipo de mensaje.

Nota sobre el IRPF: En las facturas, a menudo se incluyen menciones, detracciones, adiciones o cantidades que no forman parte de la información fiscalmente obligatoria de una factura. A título de ejemplo, podemos mencionar: el recargo financiero (al igual que ocurre con los importes suplidos), la retención por garantía decenal, los suplidos o, n este caso la retención obligatoria. Todos estos importes, aunque se incluyen en la factura por su evidente importancia, no son importes «propios» de la factura, razón por la que no afectan a la base ni a la cuota de IVA, ni al «Importe Total». Se trata de cantidades que alteran el «total a pagar» añadiendo o restando cantidades, pero no el «Importe total factura» según lo define el RRSIF (reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023) y la orden ministerial (OM) HAC/1177/2024 siguiendo el Reglamento de Obligaciones de 37 5 de mayo de 2025 Facturación (aprobado por el RD 1619/2012). Por ello cuando sea preciso incluirlos en la factura, esa parte NO integrará el registro de facturación, cuya estructura viene diseñada en el artículo 10.1 del RRSIF y detallada en su contenido técnico en la OM HAC/1177/2024.

FECHA DE OPERACIONES

Se incorpora la posibilidad de trabajar con una fecha de operación distinta a la del día actual.

Hasta ahora, la opción que teníamos era cambiar la fecha de trabajo de iColegia, pero desde ahora en adelante esa opción desaparecerá. Será sustituida por la fecha de operación, exclusivamente para la facturación.

La fecha de operación nos permite, ¡por cada línea de facturación!, emitir una factura con fecha anterior (y solo anterior) a la actual. El programa, además, controlará cual fue la última fecha emitida, no dejando emitir con fecha anterior a esa. Lo podremos editar en la opción marcada en la imagen inferior.

¡ IMPORTANTE !

En el cambio de año, con iColegia, no se permitirán crear facturas del año anterior. 

FACTURAS RECTIFICATIVAS

Esta figura cobra relevancia con la incorporación a sistemas Veri*Factu, ya que se elimina por completo la posibilidad de modificación de la facturación. Es decir cualquier necesidad de cambio en una factura ya emitida, exige generar la correspondiente factura rectificativa en la línea equivalente de facturas rectificativas.

El procedimiento es el mismo que el de las facturas normales. Pero ahora será siempre obligatoria la mención a la factura origen a reemplazar.

RESPUESTA CON INCIDENCIAS

En caso de cualquier incidencia durante la generación de la factura en iColegia, la comunicación con los servidores de la AEAT, o ante respuestas erróneas o de aceptación con errores, mostraremos al usuario actual un mensaje al respecto por pantalla. En la siguiente sección  <F03.05.04 – Rechazo previo y subsanación> se explica cómo solucionar cada caso.